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Llamado abierto: Festival de verano

SODRE llama a grupos y solistas interesados en postular obras nacionales de Danza Contemporánea a ser presentadas en el marco del Festival de Verano del SODRE que se realizará entre el 11 y 18 de Marzo 2021, en Sala Hugo Balzo y Sala Vaz Ferreira del SODRE.
Cierre de la convocatoria: 1 de febrero de 2021, inclusive.

Bases

INTRODUCCIÓN.

SODRE llama a grupos y solistas interesados en postular obras nacionales de Danza Contemporánea a ser presentadas en el marco del Festival de Verano del SODRE que se realizará entre el 11 y 18 de Marzo 2021, en Sala Hugo Balzo y Sala Vaz Ferreira del SODRE.

 

RESPONSABLES DE LAS OBRAS O ESPECTÁCULOS.

Los y las responsables de las obras o espectáculos deberán ser personas jurídicas o físicas mayores de 18 años, vinculadas, en ambas hipótesis, a la dirección y/o producción de las mismas.

 

INHIBICIONES Y LIMITACIONES RELATIVAS A RESPONSABLES LEGALES Y DE CONTENIDOS DE LOS PROYECTOS

No podrán participar como responsables legales de las obras o espectáculos:

1 – Integrantes del jurado encargado de la curaduría del Festival

2 – Personas que ocupan cargos de Dirección en SODRE

Precisiones:

Los responsables, tanto legales como de contenidos, harán constar mediante declaración jurada, no encontrarse comprendidos dentro de las limitaciones y restricciones establecidas en esta convocatoria, declarando conocer lo dispuesto por el art. 239 del Código Penal de la República Oriental del Uruguay.

De igual modo y sujeto a las mismas responsabilidades, el responsable legal dejará constancia que en el espectáculo u obra, no participan personas con impedimentos establecidos por estas bases.

Las obras o espectáculos en los que se comprobara la participación, a cualquier título, de personas inhibidas, serán rechazados o eliminados, según corresponda, en cualquiera de las etapas de evaluación en la que el hecho fuera verificado, sin perjuicio de los procedimientos o demás medidas que el MEC pudiera promover en su contra.

 

DERECHOS DE AUTOR

El o la responsable legal de la obra asume la plena y absoluta responsabilidad con relación a problemáticas o diferendos que pudieren suscitarse con referencia a los derechos de autor. Mediante declaración jurada, hará constar la titularidad de la/s obra/s utilizada/s, sea/n éstas propia/s o de terceros, y en este último caso, si dispone de la autorización respectiva o se encuentra gestionándola, debiéndose tener presente lo dispuesto por la legislación regulatoria de derechos de autor vigente (ley 9739, de 17 de diciembre de 1937, y sus modificativas Nº 17616, de 10 de enero de 2003; Nº 17.805, de 26 de agosto de 2004 y Nº18046, de 24 de octubre de 2006).

Cuando correspondiere el pago de derechos de autor por la utilización de obras pertenecientes al dominio público o privado, los importes correspondientes deberán ser abonados por el o los responsables de la producción de los respectivos elencos.

Si la documentación aportada respecto a los derechos de autor de la obra o espectáculo presentara dudas al jurado, éste podrá solicitar las aclaraciones que estimare convenientes al responsable legal de la misma, previo a la adopción de una decisión definitiva al respecto.

 

ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y REGLAMENTOS

La sola presentación al llamado implica el conocimiento y la plena aceptación de la totalidad de las disposiciones de las presentes bases.

A los responsables, tanto legal como de contenidos y a los elencos correspondientes de las obras o espectáculos seleccionados se les proporcionará copia del reglamento interno de la sala asignada, asumiendo los mismos, la obligación de cumplirlos y respetarlos estrictamente, bajo apercibimiento de las sanciones que la organización pudiera imponerles.

 

CATEGORÍAS

Los espectáculos u obras a presentarse, deberán serlo dentro de las categorías que, seguidamente se establecen:

  1. DANZA CONTEMPORÁNEA: SOLOS,
  2. DANZA CONTEMPORÁNEA: DOS O MAS BAILARINES

 

PRESENTACIÓN Y ADMISIÓN DE LA SOLICITUD.

Los interesados deberán enviar un link de la obra en youtube o vimeo con código de acceso si se requiere. 

Si el espectáculo aún no fue estrenado  se requerirá un registro de ensayo de 15 minutos de duración.

Además deberán completar el link de inscripción con todos los datos solicitados. 

PRESENTACIÓN Y ADMISIÓN DE LA SOLICITUD.

Los interesados deberán enviar un link de la obra en youtube o vimeo con código de acceso si se requiere. 

Si el espectáculo aún no fue estrenado  se requerirá un registro de ensayo de 15 minutos de duración.

Además deberán completar el link de inscripción con todos los datos solicitados. 

 

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES

El período de recepción de solicitudes será el comprendido entre 15 de Enero y el 1 de Febrero de 2021 

El plazo de presentación vencerá, indefectiblemente, el 1 de Febrero de 2021 inclusive.

Las obras y/o espectáculos seleccionados, a la fecha de la presentación de la función por los respectivos elencos, deberán contar con la autorización relativa sobre derechos de autor, extremo que se acreditará mediante la agregación de la documentación extendida por la autoridad competente.

Cada postulante podrá presentar más de una obra o espectáculo. En tal caso deberá

Completarse una inscripción por cada postulación realizada.

 

JURADO

Los espectáculos serán seleccionadas por un jurado integrado por:

Martin Inthamoussú (Presidente de SODRE)

Andrea Salazar (Coordinadora Académica de Área Danza Contemporánea de ENFAS)

Victoria Pérez Miranda (coreógrafa y bailarina española)

 

EVALUACIÓN DE LAS OBRAS O ESPECTÁCULOS POR EL JURADO

El jurado, en forma previa a la selección de las obras o espectáculos postulados, de entenderlo necesario o procedente, podrá solicitar información adicional sobre los mismos. De no proporcionarse ésta por parte de los interesados dentro de un plazo máximo de 10 días corridos posteriores al siguiente al de la notificación de la solicitud, la postulación será eliminada sin más trámite. La decisión, en tal sentido, no admitirá recurso alguno.

 

FALSEDAD DE LOS DATOS APORTADOS

SODRE y/o el Tribunal interviniente, podrán verificar la autenticidad de los datos y documentos proporcionados por el responsable de la obra o espectáculo, durante el proceso de postulación y ejecución.

Si se comprobara que el responsable del proyecto hubiese proporcionado información o documentación falsa, cualquiera fuera su naturaleza, será automáticamente eliminado del proceso de postulación en curso y quedará inhabilitado para presentarse en próximos llamados, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que correspondan en virtud de la conducta antedicha.

 

DEL FALLO Y SU COMUNICACIÓN

El fallo del jurado será dado a conocer durante el transcurso del mes de febrero de 2021.

SODRE publicará la nómina de los espectáculos seleccionados con sus respectivos nombres así como el de sus responsables, en su página web www.sodre.gub.uy

Adicionalmente, cada uno de los responsables de los proyectos seleccionados, será citado a efectos de ser notificado, en forma personal, del fallo.

Se seleccionarán cinco obras de dos o más integrantes y hasta seis solos.

 

CONTRATACIÓN Y PRESENTACIÓN EN EL FESTIVAL.

Durante el Festival se realizará una función de cada obra seleccionada de dos o más integrantes y dos funciones de solistas. 

Las fechas, horarios y espacios o salas en que se llevarán a cabo, serán las que designe la organización del festival sin excepción alguna, no pudiendo ser variados ni modificados por los participantes, debiendo éstos ceñirse a lo antedicho.

Cada espectáculo de dos o más integrantes seleccionado percibirá la suma de $U 30.000, por todo concepto impuestos incluidos, debiendo presentar la correspondiente factura.

Cada espectáculo solista seleccionado percibirá la suma de $U 10.000, por todo concepto impuestos incluidos, debiendo presentar la correspondiente factura.

El montaje de los espectáculos correrá por cuenta de sus responsables, adaptándose a las instalaciones y características locativas y técnicas de la sala asignada. Será, asimismo de su cargo, la contratación del personal que pudiere requerirse al respecto. Cada grupo traerá sus diseñadores de iluminación, sonido, video y lo que estime necesario.

Sodre se encargará de: la comunicación, impresión de materiales si los hubiese, la producción y técnicos operadores para la función.

 

DERECHOS

Los autores involucrados en las obras o espectáculos seleccionados, sin perjuicio de mantener sus derechos sobre los mismos, autorizan expresamente a SODRE a utilizar y hacer públicas copias de sus registros, con la mera finalidad de difundirlos y promocionarlos.

 

ACLARACIONES Y CONSULTAS.

Lo no previsto por las presentes bases será resuelto por Sodre.

Por consultas: festivaldeverano@sodre.gub.uy